Hacienda Cuautitlan

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CENTRO DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN EN EL ESTADO DE MÉXICO

CENTRO DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN EN EL ESTADO DE MÉXICO

De conformidad con el acuerdo del Consejo de la Judicatura, las facultades que se delegan serán ejercidas de la siguiente manera:

Subdirección zona oriente en los Centros de Mediación y Conciliación ubicados en Tecámac, Texcoco, Ecatepec de Morelos y Cuautitlán.

Subdirección zona poniente en los Centros de Mediación y Conciliación con cede en Atizapán de Zaragoza, Naucalpan, Tlalnepantla, Nezahualcóyotl y Chalco.

• Se acude al Centro de Mediación y Conciliación de Poder Judicial del Estado de México que sea el más próximo a tu hogar o lugar de trabajo.

• La MEDIACIÓN es un procedimiento a través del cual las personas resuelven sus problemas en forma pacífica, con la intervención del mediador, quien les facilita la comunicación, a fin de que logren solucionarlos, mediante un convenio escrito.

• La CONCILIACIÓN es otra opción a través de la cual las partes solucionan sus conflictos, tomando en consideración las sugerencias que les hace el conciliador.

MATERIA DE LA MEDICIÓN Y CONCILIACIÓN
Familiar
Civil
Mercantil
Penal
a) Delitos que se persiguen por querella.
b) Delitos graves que se persiguen de oficio, (únicamente en lo que respecta a la reparación del daño.)
Son materia de la Mediación o Conciliación, todas o algunas de las diferencias que se susciten en relación con un determinado hecho, derecho, contrato, obligación, acción o pretensión.
La Mediación y la Conciliación sólo se admiten en los asuntos que sean susceptibles de transacción, cuyo conocimiento está encomendado a los tribunales del Poder Judicial del Estado de México, por lo que se excluyen las materias electoral, administrativa, fiscal, laboral y agraria.

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN.

La mediación y la conciliación en el Estado de México, se realizan tomando en cuenta los siguientes principios:
PRINCIPIO DE VOLUNTARIEDAD, porque en estos procedimientos se privilegia la voluntad de las partes que tienen algún conflicto o problema, por lo que no puede iniciarse, continuarse o terminarse el mismo, sin su consentimiento.
PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD, porque la información que las partes proporcionan al mediador conciliador no se divulga.
PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD, el mediador conciliador no puede ni debe inclinarse para favorecer los intereses de alguna de las partes.
PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD, porque los operadores de estos servicios no pueden ni deben establecer alianzas con ninguna de ellas.
PRINCIPIO DE GRATUIDAD, porque los servicios que se proporcionan en el Centro de Mediación y Conciliación no tienen ningún costo.

EL PROCESO DE LA MEDIACIÓN O CONCILIACIÓN
Los participantes en la Mediación o Conciliación.
Los participantes son las personas que han manifestado expresamente la voluntad de someter al Centro de Mediación y Conciliación del Poder Judicial del Estado de México, el conflicto existente entre ellas.
La apertura de la Mediación o Conciliación.
La apertura del trámite da inicio mediante la firma de la solicitud respectiva que proporciona el Centro de Mediación y Conciliación, misma donde se captura el nombre domicilio y teléfono del solicitante; el nombre, domicilio y teléfono de la parte complementaria y la síntesis de los hechos que motivan la solicitud.
Trámite de la Mediación o Conciliación.
Abierto el trámite, un trabajador social del centro, se constituye en el domicilio de la parte complementaria del solicitante, en el lugar donde trabaje o pudiera localizarla, para invitarla a participar en una reunión de mediación en la cual el centro asistirá a los interesados en la búsqueda de una solución común y pacífica en relación al problema de que se trate.
En dicha invitación, se le hace saber por escrito al invitado que la Mediación o Conciliación son procedimientos extrajudiciales, donde impera la voluntad de las partes para solucionar conflictos o divergencias a través de un
procedimiento ágil, flexible y gratuito, ahorrando el tiempo y los costos de un proceso judicial.
Las sesiones de Mediación o Conciliación son orales y se celebran todas las que sean necesarias para la resolución del conflicto. La experiencia en el Centro de Mediación y Conciliación del Poder Judicial del Estado de México, establece que en la tercera o cuarta sesión, por lo general, se perfila la posibilidad de un convenio que ponga fin a la controversia, en ocasiones, antes de la tercera sesión se concreta un convenio satisfactorio para todas las partes, al descubrir éstas que la Mediación o la Conciliación, son: "mucho más que una técnica de resolución de disputas, pues permiten un desarrollo interior que revaloriza y produce en el ser humano el interés por sí mismo y por los demás, de forma tal que lo concientiza de que no puede vivir más que de forma pacífica en sociedad, por lo que se ha considerado que son medios eficaces de cultura de la paz, que se caracteriza por el reconocimiento de los errores cometidos y la consideración de aquellas personas a quienes se le ha afectado, lograda a través de un procedimiento de diálogo y tolerancia promovido por Mediadores y Conciliadores profesionales capacitados para ello". tal y como lo dejó expresado el legislador mexiquense en la exposición de motivos al reformar la ley orgánica del Poder Judicial del Estado de México, el código de procedimientos penales y la ley que regula el régimen de propiedad en condominio del Estado de México, visible en la "Gaceta del Gobierno" de fecha 10 de diciembre de 2002.
Antes de las sesiones de mediación o durante las mismas, el centro puede auxiliarse de psicólogos que proporcionen terapias a los participantes, con la finalidad de lograr un equilibrio en su estado emocional que les permita iniciar o continuar el procedimiento de Mediación o Conciliación.

Conclusión de la Mediación.
El trámite de la Mediación o Conciliación se da por concluido:
a) Por convenio o acuerdo final.
b) Por decisión

de los interesados o por alguno de ellos.
c) Por inasistencia de los interesados o alguno de ellos a dos o más sesiones sin motivo justificado.
d) Por negativa de los interesados o alguno de ellos a suscribir el convenio final.

Autorización del convenio.

El Director del centro debe asegurarse que el convenio no contenga vicios del consentimiento, que no contravenga la moral o disposiciones de orden público, todo como requisito previo a su autorización.

Efectos de cosa juzgada.
Una vez autorizado el convenio, tiene respecto de los interesados el carácter de sentencia ejecutoriada con efectos de cosa juzgada.

Incumplimiento de convenio.
En caso de incumplimiento del convenio, se puede proceder a su ejecución en la vía de apremio ante el juez competente, conforme al Código de Procedimientos Civiles del Estado de México vigente a partir del 16 de julio del año 2002.

DIRECTORIO DE LOS CENTROS DE MEDIACIÓN

ATIZAPAN
Avenida Lago de Guadalupe número 72
Colonia Villas de la Hacienda
C.P. 52929, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Tels. 58 87 67 31 y 54 87 67 44.

CHALCO
Avenida Chalco-Mixquic, San Mateo Huitzilzingo
Edificio de Juzgados Civiles y Penales
C.P. 56625, Chalco, Estado de México.
Tels. (0155) 59 88 71 35.

CUAUTITLAN
Calle Ferrocarriles Nacionales sin número, colonia Guadalupe
Edificio de Juzgados Civiles, planta baja
C.P. 54805, Cuautitlán México.
Tels. (0155) 58 72 95 69

ECATEPEC
Calle Adolfo López Mateos número 57
Colonia La Mora, San Cristóbal Ecatepec
Edificio de Juzgados Familiares, Civiles y de Cuantía Menor
C.P. 55000, Ecatepec de Morelos, Estado de México.
Tels. 57 70 84 02.

IXTAPAN DE LA SAL
Carretera Federal Ixtápan de la Sal-Tonatico sin número
Predio denominado Escuela Agropecuaria
Ixtápan de la Sal, Estado de México.

NAUCALPAN
Avenida del Ferrocarril Acámbaro número 45
Colonia El Conde, edificio de Juzgados Civiles, planta baja
C.P. 53500, Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Tels. 21 66 32 98 y 21 66 33 56.

NEZAHUALCOYOTL
Prolongación Av. Adolfo López Mateos sin número
Colonia Benito Juárez
Edificio de Juzgados Civiles y Familiares de Nezahualcóyotl
C.P. 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México.
Tels. 15 58 21 47

TECAMAC
Avenida Lázaro Cárdenas, esquina con Prolongación Emiliano Zapata
Fraccionamiento Social Progresivo, Santo Tomás Chiconautla
Lomas de Tecámac, Estado de México.

TEXCOCO
Carretera Texcoco-Molino de Flores, Km. 1.5, Ex Hacienda del Batán, colonia Xocotlán
Edificio de Juzgados Civiles
C.P. 56200, Texcoco, Estado de México.
Tels. (01595) 954 06 94

TLALNEPANTLA
Paseo del Ferrocarril sin número PB. Entrada 87 Unidad Iztacala, (atrás de la ENEP)
Edificio de Juzgados Civiles y Familiares
C.P. 54090, Tlalnepantla, Estado de México.
Tels. 26 26 23 54 y 26 26 23 56

TOLUCA
Av. Doctor Nicolás San Juan # 104
Colonia Ex-Rancho Cuauhtémoc,
C.P. 500010, Toluca, Estado de México.
Tels. (01722) 237 16 04 y 237

http://www.pjedomex.gob.mx/conciliacion/#

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